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¿Puede percibir prestaciones el hijo de un progenitor discapacitado?

¿Puede percibir prestaciones el hijo de un padre discapacitado?

Los trabajadores discapacitados que cumplen los requisitos reciben prestaciones de la Seguridad Social como complemento a los ingresos para cubrir necesidades básicas como alimentos, electricidad y ropa. Aun así, mucha gente se pregunta: "¿Puede recibir prestaciones el hijo de un padre discapacitado?".

Navegar por la Seguridad Social no tiene por qué ser un reto. A Nueva York discapacidad del Seguro Social abogado explica qué esperar durante el proceso de solicitud. Vea cómo su hijo puede calificar para beneficios, entonces programe una consulta con un abogado de confianza.

¿Qué es la incapacidad de la Seguridad Social?

Tras una lesión o una enfermedad grave, algunos trabajadores pueden tener derecho a percibir prestaciones del Seguro de Incapacidad de la Seguridad Social (SSDI) hasta la jubilación. Según la Administración de la Seguridad Social (SSA), unos 504.000 trabajadores ciegos y discapacitados de Nueva York cobran estas mensualidades.

Si una discapacidad le impide trabajar por completo, los miembros de su familia también podrían tener derecho a percibir un porcentaje de estas prestaciones.

¿Puede un hijo recibir prestaciones económicas?

¿Puede percibir prestaciones el hijo de un progenitor discapacitado? Sí, con ciertas limitaciones.

Un hijo puede percibir una parte de las prestaciones -también conocidas como dependientes o prestaciones auxiliares-si uno o ambos progenitores discapacitados no pueden trabajar. Los progenitores también deben haber acumulado suficientes créditos de trabajo para solicitar el SSDI. En muchos casos, el hijo puede percibir hasta el 50% de las prestaciones por incapacidad total del progenitor.

¿Quién tiene derecho a las prestaciones de la Seguridad Social de los padres?

Algunas personas se preguntan si los hijos no biológicos de trabajadores discapacitados tienen derecho a percibir prestaciones económicas periódicas. Los hijos biológicos, adoptivos y los hijastros pueden optar a estas prestaciones por igual. Este privilegio se extiende también a los nietos y los hijastros.

Sin embargo, las normas de la SSA establecen que los beneficiarios discapacitados deben establecer la filiación antes de que sus hijos puedan recibir dinero.

Un hijo puede optar a las prestaciones del SSDI si tiene menos de 18 o 19 años y está matriculado a tiempo completo en el instituto. Una vez que cumplan 18 años o se gradúen, dejarán de percibir prestaciones mensuales a menos que también padezcan una discapacidad personal.  

Prestaciones de supervivencia

Los hijos a cargo menores de 18 años pueden cobrar prestaciones de supervivencia si fallece su progenitor beneficiario del SSDI. Estas prestaciones pueden alcanzar 75% de la pensión completa de jubilación o invalidez del progenitor. Según la Administración de la Seguridad Social.

Cómo solicitar prestaciones familiares de la Seguridad Social 

¿Cómo puede obtener prestaciones el hijo de una persona discapacitada?

Para presentar la solicitud de dependientes, debe ponerse en contacto con la Administración de la Seguridad Social para obtener un formulario o acudir a una oficina local de la SSA. Muchas personas que pasan por este proceso recomiendan programar citas para evitar retrasos innecesarios. También es aconsejable contratar a un abogado especializado en discapacidad de la Seguridad Social para que se comunique con los representantes de la SSA, los agentes de seguros u otras partes pertinentes en su nombre.

Solicitar prestaciones de la Seguridad Social por familiares a cargo

Necesitará tener preparados varios documentos cuando solicite prestaciones del SSDI para hijos. Estos documentos verifican la filiación, las identidades de los beneficiarios elegibles y otra información esencial. Prevea proporcionar a la SSA lo siguiente:

  • Partidas de nacimiento de los niños que cumplen los requisitos
  • Documentos que confirmen la nacionalidad o la residencia legal del menor
  • Número de la Seguridad Social (SSN) del menor
  • Certificados de matrimonio o expedientes de adopción de los padres
  • Cualquier registro laboral pertinente, como un W-2, si el menor percibe ingresos

La SSA suele aceptar copias de algunos documentos, como historiales médicos o formularios W-2. Sin embargo, tendrá que presentar los certificados de nacimiento y documentos de identidad originales para que se los tengan en cuenta.

Qué esperar al comunicarse con la SSA

Es posible que la SSA necesite confirmar detalles adicionales sobre sus hijos antes de aceptar una solicitud. Ciertas condiciones de vida pueden determinar la cuantía a la que tiene derecho un hijo si reúne los requisitos. Por ejemplo, la SSA puede preguntar:

  • ¿Cuánto tiempo ha vivido el niño en su casa?
  • ¿Está discapacitado uno o ambos progenitores del niño?
  • ¿Está casado, soltero o divorciado?
  • ¿Algún otro miembro de la familia ha solicitado la Seguridad de Ingreso Suplementario u otras prestaciones de la Seguridad Social en nombre del menor?

Si un hijo solicita prestaciones de supervivencia, es posible que tenga que verificar el empleo o salario de sus progenitores. Además, deben confirmar si alguno de los progenitores sirvió en las Fuerzas Armadas.

¿Cómo puede obtener prestaciones el hijo de un progenitor discapacitado si la SSA deniega la solicitud?

Un abogado puede ayudarle en este proceso y puede recurrir la denegación de prestaciones si no tiene toda la documentación adecuada o le preocupa que su hijo no cumpla los requisitos. Algunas respuestas pueden impedirle actuar como beneficiario de su hijo. Por ejemplo, la SSA puede denegar la solicitud si usted es un delincuente o tiene antecedentes penales frecuentes.

Comprender la prestación máxima familiar

Algunos factores pueden reducir la cantidad de dinero que su hijo puede cobrar en prestaciones.

La SSA aplica un límite máximo de la prestación familiar (MFB) si los pagos mensuales de usted y su hijo superan un subsidio SSDI predeterminado. Aunque el MFB varía de una familia a otra, muchos beneficiarios no pueden superar el 150 % de las mensualidades del SSDI del progenitor discapacitado.

Los pagos por incapacidad que efectúe a un ex cónyuge no contribuirán a su MFB total. 

Trabajar con abogados especializados en discapacidad de la Seguridad Social en Nueva York

Asociarse con un abogado especializado en discapacidad de la Seguridad Social en Nueva York puede ayudarle a asegurarse de que presenta las solicitudes correctamente y de que formula todas las preguntas adecuadas durante el proceso para cobrar las máximas prestaciones para que su hijo pueda cubrir gastos básicos, como facturas médicas o el cuidado de los hijos. Un abogado con experiencia tendrá años de experiencia en la gestión de expedientes de trabajadores discapacitados y sus familias. Cuando sea necesario, pueden ayudarle a calcular los ingresos, los porcentajes de MFB y otros detalles.

Un abogado de abogado le ayudará a a comprender sus derechos y las opciones disponibles en caso de litigio.

Hable hoy mismo con los abogados especializados en discapacidad de la Seguridad Social de Nueva York

Abogados de Incapacidad de la Seguridad Social en NYC

¿Tiene preguntas sobre las prestaciones por incapacidad para usted o sus hijos discapacitados? Nuestros confiables abogados de incapacidad de la Seguridad Social en NYC pueden ayudarle. En Pyrros & Serres, LLCrepresentamos a cientos de clientes que buscan compensación por discapacidades personales y familiares.

Permítanos ayudarle a entender lo que puede esperar al presentar su solicitud ante la Administración de la Seguridad Social. Proporcionamos recursos útiles y orientación, para que esté seguro la próxima vez que visite una oficina de la SSA. 

Siga explorando nuestro sitio web para obtener más información sobre cómo ayuda un abogado de incapacidad de la Seguridad Social.

¿Puede un hijo de un padre discapacitado obtener beneficios? Averigüe más con Pyrros & Serres, LLC, en Astoria, NY. Reserve una consulta en (718) 626-7730.

Sobre el autor

Michael Serres, ESQ.

Michael Serres, ESQ.

Michael Serres, ESQ. es un reputado Abogado de Compensación de Trabajadores en Astoria, Queens, NY. Se graduó de la Facultad de Derecho de la Universidad de St. John en 1989. El Sr. Serres fue admitido a ejercer la abogacía en el Estado de Nueva York en 1990 y es admitido en los Tribunales Federales de Distrito para el Sur y los Distritos del Este de Nueva York. Ha sido miembro de la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Compensación de Trabajadores y actualmente es miembro de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Condado de Queens.

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