Cuando te has lesionado en el trabajo en Nueva York, tienes derecho a solicitar prestaciones para cubrir la pérdida de salarios e ingresos, de modo que puedas seguir cumpliendo con tus obligaciones económicas y mantener a tu familia. Además, tiene derecho al reembolso o al pago de determinados gastos médicos.
R: En virtud de las leyes de indemnización de los trabajadores de Nueva York, usted tiene derecho al pago de los gastos médicos asociados a una amplia gama de lesiones, incluidas las sufridas en accidentes traumáticos, las derivadas de esfuerzos o movimientos repetitivos, las causadas por la exposición a sustancias tóxicas o nocivas (que provocan enfermedades profesionales) y las que provocan estrés emocional o mental o enfermedades.
R: Con las pruebas adecuadas, puede obtener prestaciones por lesiones no traumáticas como los infartos de miocardio y los accidentes cerebrovasculares. Tendrá que establecer un vínculo entre su trabajo (o el entorno laboral) y el ataque cardíaco/infarto. Por ejemplo, puede tener éxito en una reclamación de indemnización por accidente de trabajo si puede demostrar que su empleador le causó un estrés importante, que le provocó una presión arterial alta y un ataque cardíaco/infarto de miocardio. Incluso puede recuperarse si tenía una enfermedad cardíaca o vascular preexistente, si puede demostrar que el estrés del trabajo la agravó.
R: Absolutamente. La exposición a sustancias tóxicas puede provocar enfermedades o lesiones laborales. La asbestosis, el mesotelioma, el cáncer, la silicosis, el asma y otras afecciones similares pueden dar derecho a las prestaciones de compensación de los trabajadores.
R: Sí, siempre que lo haya prescrito legalmente un médico autorizado. Su farmacia puede facturar directamente a la compañía de seguros de accidentes de trabajo, o debe reembolsarle en un plazo de 45 días a partir de la recepción de la factura y la carta del médico que le atiende.
R: De acuerdo con la ley de Nueva York, usted todavía puede solicitar beneficios de compensación laboral, incluso si nunca recibió beneficios en efectivo por el tiempo perdido en el trabajo.
En Pyrros, Serres y Rupwani, manejamos todo tipo de casos de lesiones de trabajo, incluidas las reclamaciones que implican:
Enfermedad o dolencia profesional | Lesión de espalda y cuello | Lesión cerebral traumática (TBI) | Fracturas | Quemaduras | Parálisis | Lesión de la médula espinal | Cicatrización o desfiguración permanente | Amputación o pérdida de un miembro | Lesión de hombro, brazo, mano y dedo | Lesión de cadera, pierna, pie y dedo del pie | Pérdida de audición o visión | Muerte accidental
Ofrecemos más de 50 años de experiencia combinada de compensación de trabajadores a los trabajadores lesionados en todo el área de la gran ciudad de Nueva York, incluyendo el distrito de Queens. Construimos nuestra práctica en un compromiso con los más altos niveles de servicio y atención personal, asegurándose de que aprender los detalles de su lesión, por lo que podemos proteger plenamente sus derechos. Trabajamos estrechamente con colegas de la profesión legal, ofreciendo nuestra experiencia, habilidades, conocimientos y recursos a sus clientes que han sido heridos en el trabajo.
Para saber más sobre el alcance completo de nuestra práctica, consulte nuestra página de resumen de áreas de práctica.
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