Logotipo de Pyrros, Serres & Rupwani

Llame al (718) 626-7730

Evaluación gratuita del caso DISPONIBLE 24/7

Busque en
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Preguntas frecuentes (FAQ)

Preguntas frecuentes sobre las audiencias de compensación de los trabajadores de Nueva York

En Nueva York, cuando usted ha presentado un reclamo de compensación laboral, la Junta de Compensación Laboral puede programar una audiencia. Aquí hay algunas preguntas frecuentes que escuchamos sobre las audiencias de compensación de trabajadores de Nueva York, incluyendo las apelaciones.

P: ¿Está prevista una audiencia para cada reclamación?   

R: No. Si usted presenta una reclamación y no es impugnada por su empleador o por la compañía de seguros de compensación de trabajadores, normalmente no se programará una audiencia con la Junta de Compensación de Trabajadores. Una audiencia sólo se programa cuando una de las partes impugna la reclamación. La mayoría de las veces, es el empleador o la compañía de seguros de compensación de trabajadores la que busca negar o disminuir una reclamación. Sin embargo, un trabajador lesionado también puede solicitar una audiencia para impugnar una reclamación concedida.

P: ¿Qué sucede en la audiencia programada?

R: Como regla general, la Junta de Compensación de Trabajadores programará una reunión inicial, en la que se revelarán los hechos básicos del caso. El juez puede examinar las pruebas y tomar el testimonio de los testigos, incluido el trabajador lesionado, y puede tomar una decisión en la primera audiencia, basada en la aplicación de la ley a los hechos. Sin embargo, es bastante común que un juez de compensación de trabajadores "aplace" o posponga la decisión del caso, por diversas razones:

  • El tribunal puede no tener información médica adecuada
  • La compañía de seguros de accidentes de trabajo puede solicitar un examen médico
  • No hay pruebas suficientes para que el juez pueda determinar correctamente sus ingresos y prestaciones

P: ¿Puedo representarme a mí mismo en la audiencia?

R: La ley no exige que usted esté representado por un abogado, pero probablemente estará en clara desventaja si trata de manejar el asunto usted mismo. Puede esperar que su empleador y/o la compañía de seguros de compensación de trabajadores tengan un abogado allí. Además, no puede esperar que el juez de compensación de trabajadores le ayude en el proceso.

P: ¿Qué opciones tiene si la Junta rechaza su reclamación?

R: Usted tiene derecho a presentar una apelación de la decisión del juez de compensación de trabajadores, pero debe hacerlo dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que se presentó la decisión (no la fecha en que la recibió). Su apelación debe ser por escrito y debe solicitar específicamente una revisión de la decisión de la Junta.

Si su solicitud inicial es aceptada, tendrá una audiencia ante un panel de tres miembros de la Junta de Compensación de Trabajadores. El panel tiene varias opciones: la decisión del juez de compensación de trabajadores puede ser confirmada, anulada o modificada. El panel también puede devolver el caso al juez de compensación de trabajadores para que lo revise de nuevo.

Si el panel rechaza su reclamación (o confirma una decisión en nombre de su empleador/la compañía de seguros de compensación de los trabajadores), usted puede apelar esa decisión ante la Junta de Compensación de los Trabajadores en pleno. Las apelaciones de la junta completa se hacen a la División de Apelaciones de la Corte Suprema del Estado de Nueva York.

Abogados de Compensación Laboral en Queens, Nueva York, de probada eficacia

En Pyrros, Serres & Rupwani, nuestros abogados se han combinado para proporcionar más de 50 años de experiencia a los trabajadores lesionados en todo Queens y el área metropolitana de Nueva York. Construimos nuestra práctica exitosa en un compromiso de servicio y atención personal, escuchando cuidadosamente para aprender los detalles específicos de su caso, así como sus objetivos, de modo que podamos adaptar nuestros esfuerzos para obtener los resultados que desea. Debido a nuestra reputación de trabajo duro y el éxito, recibimos muchos de nuestros nuevos casos como referencias de médicos, abogados y clientes satisfechos.

Nos ocupamos de todo tipo de reclamaciones por lesiones relacionadas con el trabajo, incluidos los casos que implican:

Lesión cerebral traumática (TBI) | Lesión de la médula espinal | Parálisis | Fracturas | Quemaduras | Cicatrización o desfiguración permanente | Amputación o pérdida de un miembro | Lesión de cadera, pierna, pie y dedo del pie | Lesión de espalda y cuello | Lesión de hombro, brazo, mano y dedo | Muerte accidental o por negligencia | Pérdida de audición o visión | Enfermedad profesional

Para más información sobre los servicios que ofrecemos, consulte nuestra página de resumen de áreas de práctica.

Pyrros, Serres y Rupwani

Abogados de compensación laboral-Queens, Nueva York