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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQS)

Lo que los empresarios deben saber sobre la indemnización de los trabajadores - Segunda parte

Preguntas frecuentes de los empresarios sobre la indemnización de los trabajadores

En el estado de Nueva York, la mayoría de las empresas están obligadas a proporcionar prestaciones de compensación laboral a los trabajadores lesionados. Esta serie de dos partes examina las preguntas más frecuentes de los empleadores sobre el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de las leyes de compensación de los trabajadores del estado. Para saber más sobre quién debe obtener un seguro de compensación laboral, consulte la primera parte de esta serie.

P: ¿De qué manera se puede cumplir la ley?

R: Hay tres formas en las que una empresa puede cumplir con su obligación, según la ley de Nueva York, de garantizar que los trabajadores lesionados tengan acceso a las prestaciones a través de una reclamación de indemnización por accidente laboral. En la mayoría de los casos, una empresa contratará una póliza de seguro de compensación de los trabajadores a través de una compañía de seguros privada. Las primas suelen basarse en el tipo de trabajo realizado, así como en los casos anteriores de lesiones en el trabajo. Para las empresas que no pueden obtener un seguro a través de una aseguradora privada, la cobertura puede obtenerse a través del Fondo de Seguros del Estado de Nueva York. Otra opción, que requiere la aprobación de la Junta de Compensación de los Trabajadores de Nueva York, permite a las empresas crear un fondo de reserva para pagar directamente las prestaciones a los trabajadores lesionados, un proceso conocido como "autoseguro".

P: ¿Qué ocurre si no tiene la cobertura requerida?  

R: Existen sanciones importantes por no cumplir con el requisito de proporcionar cobertura de compensación laboral a sus trabajadores. Se le puede imponer una sanción de 2.000 dólares por cada 10 días que esté sin cobertura. También puede incurrir en sanciones si falsea la nómina o el número de empleados que tiene. El hecho de que una empresa con más de cinco trabajadores no cuente con un seguro de compensación laboral constituye un delito grave. La Junta de Compensación de los Trabajadores también puede solicitar una orden de suspensión del trabajo, cerrando efectivamente hasta que obtenga un seguro de compensación de los trabajadores. Usted puede ser personalmente responsable de pagar los salarios perdidos o los gastos médicos de los trabajadores lesionados y no asegurados, y puede ser excluido de la elegibilidad para los contratos públicos durante un año.

P: ¿Qué debe hacer un empresario tras conocer una lesión o enfermedad laboral?  

R: Según la ley de Nueva York, el empresario debe notificar inmediatamente cualquier lesión o enfermedad conocida al proveedor de seguros de compensación de los trabajadores de la empresa. Si no lo hace en un plazo de 10 días, la empresa puede ser sancionada con una multa de hasta 2.500 dólares. Como regla general, debe notificar a su compañía de seguros si la lesión ha causado o causará pérdida de tiempo en el trabajo, o si requerirá más atención médica que simples primeros auxilios.

Abogados agresivos de compensación laboral en Queens, Nueva York

En Pyrros, Serres & Rupwani, ofrecemos más de 50 años de experiencia combinada en compensación laboral a los trabajadores lesionados en el distrito de Queens y en toda el área metropolitana de la ciudad de Nueva York. Ponemos una prima en el servicio personal y la atención, asegurándose de que entendemos los detalles de su lesión en el trabajo, para que podamos proteger mejor sus intereses. Muchos de nuestros nuevos clientes vienen a nosotros como referencias de nuestros colegas en la profesión legal o de otros clientes.

Nos ocupamos de todo tipo de reclamaciones por lesiones relacionadas con el trabajo, incluidos los casos que implican:

Enfermedad profesional | Lesión de espalda y cuello | Lesión cerebral traumática (TBI) | Fracturas | Lesión de hombro, brazo, mano y dedo | Lesión de cadera, pierna, pie y dedo del pie | Quemaduras | Parálisis | Lesión de la médula espinal | Cicatrización o desfiguración permanente | Amputación o pérdida de miembro | Pérdida de audición o visión | Muerte accidental

Para más información sobre los servicios que ofrecemos, consulte nuestra página de resumen de áreas de práctica.

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