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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQS)

Preguntas frecuentes sobre la resolución de una reclamación de indemnización por accidente de trabajo en Nueva York

¿Debería intentar resolver mi reclamación de compensación laboral en Nueva York?

Es un error común pensar que la mayoría de las personas que reciben beneficios de compensación de trabajadores tuvieron su petición inicial aprobada por la aseguradora de compensación de trabajadores o apelaron con éxito una negación. La realidad es que la mayoría de las reclamaciones de compensación de los trabajadores en Nueva York se resuelven: el trabajador lesionado suele aceptar una suma global a cambio de renunciar al derecho a recibir beneficios durante un período de tiempo o hasta que sea capaz de volver a trabajar.

P: ¿Cuándo debo informar de mi lesión?

R: Cuanto antes notifique su lesión, antes podrá empezar a recibir las prestaciones. Pero hay otras buenas razones para notificar a su empleador inmediatamente. Cuanto más tiempo transcurra entre su lesión y la notificación a su empleador, mayor será el riesgo de que haya alguna lesión intermedia -se lastime en su casa- que pueda dificultar la determinación de la causa real de su incapacidad para trabajar. Además, su empleador o la aseguradora de la indemnización por accidente de trabajo pueden considerarlo una prueba de que su lesión no es tan grave como usted afirma.

P: ¿Existen diferentes tipos de acuerdos de indemnización por accidente de trabajo?

R: En Nueva York existen dos tipos diferentes de acuerdos de compensación laboral: los acuerdos del artículo 32 y los acuerdos de estipulación.

Con un acuerdo de la sección 32, usted suele recibir un pago a tanto alzado a cambio de que acepte poner fin a la reclamación de indemnización de los trabajadores. Esto significa que usted renuncia a todas las reclamaciones futuras por esta lesión, incluidas las reclamaciones para la cobertura de los gastos médicos (aunque, en circunstancias muy limitadas, la compañía de seguros de compensación de los trabajadores puede aceptar pagar algunos gastos médicos futuros).

Con un acuerdo de estipulación, usted simplemente se pone de acuerdo con la compañía de seguros de compensación de trabajadores sobre la cantidad de beneficios a los que tiene derecho y el tiempo que los recibirá. Las prestaciones en virtud de un acuerdo de estipulación suelen pagarse semanalmente.

P: ¿Tengo que ser atendido por un médico de la empresa o puedo acudir a mi propio médico?

R: Tendrá que someterse a un examen médico "independiente", realizado por un médico elegido por la compañía de seguros de accidentes de trabajo. Eso no significa, sin embargo, que deba ser tratado por ese médico o que no pueda buscar una segunda o incluso tercera opinión de otro profesional médico.

P: ¿Qué ocurre si resuelvo mi reclamación de indemnización por accidente de trabajo, pero vuelvo a lesionarme?

R: Eso dependerá. Si su lesión es una agravación de la lesión anterior, probablemente no tendrá ningún recurso, a menos que pueda demostrar que se curó de la lesión anterior y que ésta es esencialmente una nueva lesión. Sin embargo, si la lesión es completamente diferente, el hecho de que haya resuelto la reclamación anterior no tendrá ningún impacto en su derecho a solicitar beneficios de compensación laboral.

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En Pyrros, Serres & Rupwani, ofrecemos más de 50 años de experiencia combinada de compensación de trabajadores a los trabajadores lesionados en todo el área metropolitana de Nueva York, incluyendo el distrito de Queens. Hemos construido nuestra reputación en un compromiso con los más altos niveles de servicio y atención personal, asegurándose de que sabemos los detalles de su lesión, de modo que podamos proteger plenamente sus derechos. Trabajamos en estrecha colaboración con colegas en la profesión legal, ofreciendo nuestra experiencia, habilidades, conocimientos y recursos a sus clientes que han sido heridos en el trabajo.

Manejamos todo tipo de casos de lesiones laborales, incluyendo reclamos que involucran:

Enfermedades profesionales | Lesiones de espalda y cuello, lesiones cerebrales traumáticas, fracturas, quemaduras, parálisis, lesiones de la médula espinal, cicatrices permanentes o desfiguración, amputación o pérdida de una extremidad, lesiones de hombros, brazos, manos y dedos, lesiones de cadera, piernas, pies y dedos de los pies, pérdida de audición o visión, muerte accidental.

Para saber más sobre el alcance completo de nuestra práctica, consulte nuestra resumen del área de práctica página.

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