Logotipo de Pyrros, Serres & Rupwani

Llame al (718) 626-7730

Evaluación gratuita del caso DISPONIBLE 24/7

Busque en
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Preguntas frecuentes (FAQ)

Preguntas frecuentes - Las partes en un procedimiento de indemnización por accidente de trabajo en el Estado de Nueva York

Después de sufrir una lesión en el trabajo en el Estado de Nueva York, usted tiene derecho a solicitar prestaciones para cubrir determinadas pérdidas, desde los salarios e ingresos hasta los gastos médicos necesarios y razonables, así como una indemnización por cualquier pérdida permanente (amputación u otras lesiones permanentes) y por rehabilitación profesional. Pero, ¿quiénes son las partes en un procedimiento de indemnización por accidente de trabajo? ¿Todos los trabajadores tienen derecho a las prestaciones y todos los empresarios deben concederlas a los trabajadores que cumplen los requisitos?

P: ¿Están todos los trabajadores cubiertos por las leyes de compensación laboral de Nueva York?  

R: Por lo general, sólo hay dos requisitos para tener derecho a las prestaciones de compensación de los trabajadores en Nueva York: usted debe haber sufrido una lesión y ésta debe haber ocurrido en el curso de su empleo. Dicho esto, hay ciertos tipos de trabajadores que son elegibles y otros que no lo son.

P: ¿Qué tipos de empleados tienen derecho a recibir indemnizaciones por accidente de trabajo?

R: Casi todos los trabajadores tienen derecho a las prestaciones de indemnización por accidente de trabajo, incluidos:

  • Todos los trabajadores empleados por entidades con ánimo de lucro, incluidos los empleados a tiempo parcial, los trabajadores prestados, los familiares, los empleados arrendados y los voluntarios.
  • La mayoría de los empleados de entidades sin ánimo de lucro
  • Empleados municipales que realizan trabajos "peligrosos"
  • Empleados del Estado, incluidos algunos voluntarios
  • Profesores de escuelas públicas, excepto los empleados por la ciudad de Nueva York
  • Trabajadores agrícolas que ganaron más de 1.200 dólares el año anterior
  • Trabajadores domésticos, como niñeras o acompañantes, que trabajan 40 o más horas semanales para el mismo empleador
  • Funcionarios de la empresa, si una empresa tiene más de dos accionistas o más de dos funcionarios
  • Cualquier otro trabajador considerado como empleado por la Junta de Compensación de Trabajadores del Estado de Nueva York

P: ¿Qué tipos de trabajadores están generalmente excluidos del derecho a las prestaciones de indemnización por accidente de trabajo?

R: Según el estatuto de compensación de los trabajadores de Nueva York, hay ocupaciones específicas para las que no están disponibles los beneficios de compensación de los trabajadores:

  • Voluntarios en organizaciones sin ánimo de lucro que no reciben ningún estipendio, alojamiento y comida complementarios u otros beneficios
  • El clero ordenado, incluidos los miembros de las órdenes religiosas
  • Personas que enseñan en una escuela u organización benéfica sin ánimo de lucro
  • Personas que reciben una ayuda benéfica de una organización sin ánimo de lucro a cambio de un trabajo realizado como voluntario
  • Personas que están cubiertas por otros tipos de programas de compensación laboral, como los trabajadores federales, los empleados del ferrocarril y los trabajadores marítimos
  • El cónyuge o el hijo de un agricultor, siempre que no haya un contrato de alquiler expreso
  • Empleados de gobiernos extranjeros y tribus nativas americanas
  • Bomberos, policías y trabajadores de saneamiento de la ciudad de Nueva York
  • Agentes inmobiliarios, corredores o vendedores que hayan firmado un contrato que acredite que son contratistas independientes

Abogados de compensación laboral orientados a los resultados-Queens | Nueva York

En Pyrros, Serres y Rupwani, manejamos todo tipo de casos de lesiones de trabajo, incluidas las reclamaciones que implican:

Enfermedad o dolencia profesional | Lesión de espalda y cuello | Lesión cerebral traumática (TBI) | Fracturas | Quemaduras | Parálisis | Lesión de la médula espinal | Cicatrización o desfiguración permanente | Amputación o pérdida de un miembro | Lesión de hombro, brazo, mano y dedo | Lesión de cadera, pierna, pie y dedo del pie | Pérdida de audición o visión | Muerte accidental

Ofrecemos más de cinco décadas de experiencia combinada en compensación de trabajadores a los trabajadores lesionados en toda el área de NYC, incluyendo el distrito de Queens. Construimos nuestra práctica en un compromiso con los más altos niveles de servicio y atención personal, asegurándose de que aprender los detalles de su lesión, para que podamos proteger plenamente sus derechos. Trabajamos estrechamente con colegas de la profesión legal, ofreciendo nuestra experiencia, habilidades, conocimientos y recursos a sus clientes que han sido heridos en el trabajo.

Para saber más sobre el alcance completo de nuestra práctica, consulte nuestra página de resumen de áreas de práctica.

Pyrros, Serres y Rupwani

Abogados de compensación laboral-Queens, Nueva York